Resumen:
En virtud del Tratado de Maastricht, la Unión Europea (UE) reforzó los derechos e intereses de los nacionales de los Estados miembros gracias a la introducción de la ciudadanía de la Unión. En relación a este estatus, la librecirculación de personas adquiere un desarrollo progresivo, pero que aún no se ha completado. Se constata que aquella libertad no es solamente uno de los principales objetivos del mercado único europeo, sino que también es un derecho esencial para la ciudadanía europea. Conforme a este planteamiento, y teniendo en cuenta las recientes medidas y políticas nacionales implementadas por parte de algunos países miembros que están restringiendo la referida libertad, surge el interés por analizar si la normativa vigente y las resoluciones del Tribunal de Justicia de la UE garantizan convenientemente a las personas el ejercicio a su librecirculación para no menoscabar una de las esencias de la integración comunitaria.