De la imperiosa necesidad de sobrerregular la actividad del influencer menor de edad
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Recientemente, el Gobierno de España ha manifestado su interés en regular la actividad de los menores influencers, pese a que, conforme a la legislación vigente, estos no deberían tener acceso a las redes sociales por debajo de ciertas edades. Sin embargo, la realidad muestra un aumento constante del número de menores que adquieren una gran relevancia en estas plataformas. Este fenómeno puede producirse con o sin la intervención directa de sus progenitores o tutores, siendo especialmente preocupantes los casos en los que son estos quienes gestionan canales de YouTube o perfiles de Instagram utilizando la imagen de sus hijos como recurso principal para la creación de contenido, persiguiendo la obtención de seguidores, interacciones y beneficios económicos. No obstante, ya existe una normativa aplicable amplia. Por ello, la presente investigación analiza el marco normativo vigente, al tiempo que examina la necesidad de articular una alternativa más eficaz, considerando los elevados recursos necesarios para su correcta aplicación. Francia, que ya ha aprobado en 2020 una ley específica sobre la explotación de la imagen de los menores en plataformas en línea, constituye un referente en la materia. En este estudio, se analiza la situación legislativa actual, se estudia la legislación francesa y se concluye la necesidad de una legislación parecida, aunque con ciertas puntualizaciones.
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Arnaiz Boluda, D. (2025). De la imperiosa necesidad de sobrerregular la actividad del influencer menor de edad. IDP. Revista de Internet, Derecho y Política, núm. 43. UOC. http://dx.doi.org/10.7238/idp.v0i43.432635








